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Cómo funciona el etiquetado de alérgenos en la UE

Catorce grupos, unas cuantas excepciones y dos menciones reguladas.

Los catorce grupos

El Anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 enumera catorce grupos que deben declararse siempre y destacarse en la lista de ingredientes: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos por encima del umbral, altramuces y moluscos.

Las excepciones

El propio Anexo II exceptúa algunos derivados muy procesados: ciertos jarabes de glucosa a base de trigo, el aceite de soja totalmente refinado, la gelatina de pescado en usos concretos. NOalergeNO las aplica pero las muestra igualmente, y con perfil estricto vuelven a avisar.

Lo que no cubre

La contaminación cruzada no está armonizada. El «puede contener» es voluntario. Y por debajo de su umbral, los sulfitos no se declaran.

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