Cómo funciona el etiquetado de alérgenos en la UE
Catorce grupos, unas cuantas excepciones y dos menciones reguladas.
Los catorce grupos
El Anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011 enumera catorce grupos que deben declararse siempre y destacarse en la lista de ingredientes: cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos por encima del umbral, altramuces y moluscos.
Las excepciones
El propio Anexo II exceptúa algunos derivados muy procesados: ciertos jarabes de glucosa a base de trigo, el aceite de soja totalmente refinado, la gelatina de pescado en usos concretos. NOalergeNO las aplica pero las muestra igualmente, y con perfil estricto vuelven a avisar.
Lo que no cubre
La contaminación cruzada no está armonizada. El «puede contener» es voluntario. Y por debajo de su umbral, los sulfitos no se declaran.